Abdel Fuentes /Director del Semanario La Universidad
De datos que reposan en mis memorias, no añejas, recuerdo una frase célebre pronunciada por el finado periodista colombiano, Javier Darío Restrepo: “la ética no se enseña, se comparte”.
Abunda contenido y discusión acerca del asunto; desde las disertaciones de Restrepo sobre la definición teórica, empírica y pragmática de la palabra ética, hasta las consultas que hacen periodistas latinoamericanos a través del Consultorio Ético de la Fundación Gabriel García Márquez para el Nuevo Periodismo Iberoamericano, sobre los dilemas éticos que deben enfrentar todos los días.
A fines del ciclo 2025, el Consejo General Universitario (CGU) aprobó el primer Código de Ética de la Universidad de Panamá. La normativa exige responsabilidad en el tema a toda la comunidad universitaria: autoridades, profesores, docentes, servidores públicos administrativos y estudiantes.
El documento deja sentado que la universidad adoptará las medidas necesarias para establecer los mecanismos que garanticen la aplicación efectiva del código.
De regreso a la frase: “la ética no se enseña, se comparte”, vale destacar que se tiene o no se tiene ética. O quizá, aún más, se tienen o no se tienen principios.
Restrepo solía decir que la ética se vincula con una forma de vida. En definición sencilla, sería mejor interpretar que la ética debería implicar una conducta permanente que conlleve una reflexión entre hacer lo correcto o incorrecto, lo bueno o lo malo.
Cuando le correspondió emitir opinión en relación con un Código de Ética Periodística, Restrepo sugirió cambiar el tono de un documento que presentaba dos visiones de la ética, y que los propios autores entraron en conflicto sobre estas; una que esbozaba una exposición de deberes y prohibiciones y otra que construye un modelo de vida buena, que el periodista relacionaba con un modelo deseable de personas humanas.
En el texto y espíritu del primer Código de Ética de la Universidad de Panamá subyacen normativas que exigen responsabilidad de los universitarios, todas relacionadas con su conducta. Aunque, para sabidos y desconocedores de la materia, los códigos de ética pueden interpretarse como la imposición de obligaciones, también es admisible aceptar que pueden ayudar a adquirir nuevos giros conductuales en los seres humanos, que bien se alinean con el concepto de que la ética no se enseña, se comparte y se practica.
La infamia de una conducta antiética radica en sus consecuencias, que pueden o no, como vivencias, ayudar a modificar la conducta del infractor.
En una sociedad global, donde la verdad es lapidada y la mentira es premiada, los códigos sí cobran importancia como regulador moral y práctico de conductas deshonestas que no deben ser toleradas. Y, esto, por supuesto, no exime a una institución de colosales dimensiones y responsabilidad como es el caso de la Casa de Octavio Méndez Pereira.