Docentes de la Universidad de Panamá sirven al país como defensores públicos

Vie, 31/03/2023 - 20:11
Autor:

Carlos Iván Caballero G. /Periodista *Texto e Imagen

Benito Vega  González
Benito Vega González, profesor de Derecho Civil y Derecho Procesal en la Facultad de Derecho del Campus Central.

Desde 1991 el Órgano Judicial cuenta con un cuerpo de abogados denominados defensores públicos, conocidos antes como defensores de oficio. Su función principal, asistir y defender a las personas de escasos recursos. Así lo informa la web del Instituto de la Defensa Pública del Órgano Judicial.

Entre los juristas que deben garantizar que se cumpla con los derechos del imputado, figuran profesores de la Universidad de Panamá (UP).

En virtud de la participación que tienen académicos de esta Casa de Estudios Superiores con dicha defensa, el Semanario La Universidad consultó a varios de estos abogados.

El defensor público Benito Vega González, profesor de Derecho Civil y Derecho Procesal en la Facultad de Derecho de la UP, sostiene que la relación que vincula al defensor con el defendido se basa en la protección que brinda la Constitución Nacional de la República, y en cumplimiento de los convenios internacionales.

De acuerdo con su análisis, el desempeño como profesor le brinda extraordinarias ventajas al momento de preparar y realizar la defensa.

Explica que en el Sistema Penal Acusatorio la defensa es oral. En tal sentido, el desempeño como profesor le proporciona un complemento en la oratoria. Sobre todo, porque los defensores no conocen la argumentación del fiscal, los detalles se descubren al momento del juicio. Y, el desempeño como profesor le brinda esa ventaja al momento de la argumentación.

De acuerdo con el testimonio de Vega González la experiencia ganada en los tribunales le ayuda a dictar las clases con argumentos reales.

Para Vega no puede perderse de vista la parte humana. Es necesario reconocer quién está frente a ti. La integridad es un compromiso, que camina de la mano con la ética, no hay margen para prejuicios.

En cada juicio la parte humana se involucra y pone los derechos del defendido como prioridad - lograr su libertad-, u obtener un mejor trato en la pena.

El académico y jurista sostiene que la imparcialidad y la neutralidad no aplican al defensor público; la responsabilidad humana lo vincula al defendido. El esfuerzo que realiza (en cumplimiento de la ley) para liberar al acusado es correcto, ético y licito. Y, aun cuando se tenga absoluta certeza de la culpabilidad, el defensor debe mantener la defensa.

Guillermo Ríos, actual director del Centro de Investigaciones Democráticas y Políticas de la Facultad de Derecho, quien se desempeñó como defensor público en el período 1991- 2001, revela que en la década de los 50 inició la defensa pública en Panamá, pero de manera básica. Para aquellos días los defensores públicos devengaban 300 dólares mensuales.

Ríos aporta más datos. Destaca que en 1989 los defensores fueron adscritos al Ministerio de Gobierno y Justicia y que en esos días el salario aumentó a 700 dólares. Anota que Ricardo Arias Calderón asumió el control después de la invasión. En 1991 cambió el modelo de la defensa pública y reorganizó la defensoría de oficio.

El exdefensor público relata que, instituido el Código Procesal Penal el 2 de septiembre de 2009, los defensores comienzan a recibir aumentos escalonados que los llevó a devengar 2 mil dólares mensuales. Recuerda que aquellos que atendían procesos distritales (asesinatos), devengaban cerca de 3 mil 400 dólares.

De acuerdo con Ríos en 1994 surgió un acuerdo con la Corte Suprema de Justicia (CSJ), y la defensoría pública pasa a formar parte del Órgano Judicial.

Salario actual

Vega González señala que el salario base del defensor del Primer Circuito Judicial de Panamá es de 3 mil 500 dólares más mil 500 dólares como gastos de representación, es decir, 5 mil dólares. El salario es igual al que devenga el fiscal de circuito y el juez de circuito, dijo Vega.

El actual docente universitario manifiesta que, en 2017, los defensores públicos recibieron un ajuste de mil dólares. El salario de 4 mil dólares subió a 5 mil. Califica como justo el actual pago debido a que los defensores no pueden litigar como abogados independientes, solo pueden trabajar como profesores.

Benito Vega González advierte que el defensor público, por la naturaleza de su trabajo, está disponible los 7 días de la semana, y las 24 horas del día. El período de descanso es solo durante las vacaciones.

Revela que el salario es similar para los 3 cargos (defensor público, fiscal de circuito y el juez de circuito) porque ejercen el mismo trabajo, solo que con diferentes funciones.

2-	Alberto González Herrera, profesor de Derecho Penal del Centro Regional Universitario de San Miguelito.
Alberto González Herrera, profesor de Derecho Penal del Centro Regional Universitario de San Miguelito.

El profesor Alberto González Herrera es otro idóneo del derecho que se desempeña como defensor público a favor de los más humildes. Ejerce en el Sistema Penal Acusatorio del Órgano Judicial del Primer Circuito Judicial de Panamá.

Comenta que desde 1999 es profesor en la UP y que la experiencia como docente le ayuda como defensor público. Los jueces y fiscales tienen un respeto especial por los defensores que también son docentes. Un elemento a favor del catedrático, destaca González Herrera, es que cuando el juez argumenta, en virtud de que tiene un profesor al frente, formula los planteamientos con más cuidado.

El académico también concluye que la experiencia aprendida en los salones de clases la traslada a los tribunales. En su caso trabaja sobre ella para garantizar una defensa nutrida.

Sostiene que no es fácil sorprender a un defensor que se desempeña en las aulas. Las lecturas que realiza sobre la jurisprudencia imponen un énfasis diferente en la forma de llevar los casos.