La U tiene quién la defienda

Lun, 02/09/2024 - 17:49
Autor:

José Alexis Patiño/Administrativo de la UP

¿Es inconstitucional, o no, la intervención del Órgano Legislativo en los asuntos internos de la Universidad de Panamá (UP)?

De acuerdo con la carta magna, la UP posee su propia ley, la cual le otorga el derecho de administrarse, nombrar y separar su personal docente y administrativo, entre otras funciones.

¿Qué persiguen quienes toman tiempo para supuestamente ordenar las cosas en la UP? ¿Por qué primero no arreglan su casa?

¿Tendrá ese órgano estatal alguna moral para inmiscuirse en la UP y querer, cual adalid (caudillo) frustrado, determinar qué es lo más conveniente para a la institución? No existe ninguna razón que le permita a nadie inmiscuirse en las decisiones universitarias.

Señor Ernesto Cedeño, diputado de la República, con todo respeto, usted se precia de conocer las leyes y la Constitución. Por ello, llama la atención que pase por alto que el Estatuto de la Universidad de Panamá establece la formalidad a seguir para modificar la institución. Sería recomendable asesorarse antes de incurrir en una transgresión a la norma y a la Constitución, esta última otorga autonomía a la universidad.

En lo que sí puedo coincidir con usted es en que la reelección indefinida puede ser perniciosa, pero es materia que le compete a las autoridades de la Universidad de Panamá y no a los antojos politiqueros de algunos personajes que desde el nuevo gobierno ahora pretenden apuntar los misiles de venganza por sus fallidas pretensiones dentro de la institución.

Nunca antes la universidad estuvo mejor administrada y en mejores condiciones académicas y de No.1 en los rankings regionales que, con la actual administración, que de paso se ha pronunciado en contra de la reelección indefinida y propugna por la reelección una sola vez.

Señor diputado Cedeño, la propia ley universitaria establece en su artículo 13 acápite 3 “Elaborar y someter a la comunidad universitaria mediante referendo el anteproyecto de ley orgánica y una vez aprobado, presentarlo a las instancias correspondientes”. Además, también el Artículo 3 establece la autonomía universitaria, consagrada en la Constitución. La universidad tiene la "libertad de autoreglamentarse“, por tanto, es indecible que por el capricho de algún frustrado académico y un títere legislativo, pretendan hacer lo que les venga en gana en la Universidad de Panamá.