Carmen M. Guevara C./Fotos y Texto

La reapertura, si llegara a plantearse, tendría que responder no solo a indicadores de inversión y empleo, sino también a criterios de legalidad, transparencia, protección ambiental, distribución de la riqueza y desarrollo regional.
La posible reapertura de la Mina de Cobre Panamá no se puede desvincular de algunos escenarios. Por ejemplo, el fallo de la Corte Suprema de Justicia que declaró inconstitucional la Ley 406 de 20 de octubre de 2023, los límites que presenta el actual modelo extractivo y la preocupación institucional que genera en el país. Esta es la lectura general que hacen algunos especialistas en materia interdisciplinaria de la Casa de Octavio Méndez Pereira.

La Corte no prohibió la minería, cuestionó el procedimiento utilizado para aprobar el contrato entre el Estado y Minera Panamá S.A. Así lo interpreta Aresio Valiente López, director del Centro de Investigaciones Jurídicas de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas.
Valiente López sostiene que la Asamblea podría aprobar o rechazar el proyecto, pero no modificarlo mediante recomendaciones sin repetir el procedimiento constitucional, incluida la participación ciudadana.
La inconstitucionalidad dejó sin sustento jurídico la Ley 406, aunque la Constitución permite la explotación de recursos minerales mediante concesiones, siempre bajo la legislación vigente, profundiza el abogado.
La reapertura no debería plantearse como una simple continuación de la operación anterior. Jurídicamente implicaría resolver primero el vacío dejado por la inconstitucionalidad de la Ley 406 y establecer, mediante procedimientos legítimos y transparentes, bajo qué condiciones el Estado permitiría nuevamente la explotación del recurso mineral. Cualquier eventual reapertura también tendría que cumplir las normas ambientales.
Si las condiciones han cambiado, sería necesario actualizar los estudios y requisitos correspondientes.
En materia fiscal, el abogado advierte de posibles dificultades para que el Estado conozca y fiscalice las ganancias reales de la operación. Aunque reconoce que la Constitución no prohíbe la minería, se opone a reabrir la mina bajo las condiciones actuales. A su juicio, Panamá debe priorizar la legalidad, la protección ambiental, la transparencia y el interés público.
Antes de hablar de inversión, empleo o ingresos fiscales, el país debe garantizar que cualquier decisión futura que se adopte respete la Constitución, la legislación ambiental, la transparencia y el interés público.

Cualquier intento de reactivar las operaciones bajo la figura de mantenimiento representa una preocupación institucional, advierte Florencio Díaz Pinzón, director interino del Departamento de Sociología y profesor de Sociología Ambiental y Teoría de los Movimientos Sociales de la UP.
A su juicio, el debate no puede separarse del fallo de la Corte Suprema de Justicia que declaró inconstitucional el contrato relacionado con Minera Panamá.
Considera que desconocer o relativizar esa decisión afectaría la separación de poderes y generaría incertidumbre política y social.
Cuestiona el discurso que presenta la minería como sinónimo de empleo, salarios elevados y desarrollo regional.
Díaz Pinzón sostiene que el extractivismo puede generar beneficios económicos inmediatos, pero deja al Estado y a la sociedad las llamadas “externalidades”: contaminación, deterioro ambiental, costos sanitarios y obligaciones de remediación que pueden prolongarse durante décadas.
Señala que Panamá tiene una economía y una identidad profundamente vinculadas al recurso hídrico, particularmente por la importancia del Canal. Desde esta perspectiva, proteger las cuencas y los ecosistemas debería ser considerado un objetivo estratégico nacional.
La experiencia de Petaquilla, constituye una advertencia sobre los pasivos ambientales que pueden quedar cuando termina una actividad extractiva.

Reyes Arturo Valverde Batista, director del Centro de Investigación de la Facultad de Economía, introduce otra dimensión: la rentabilidad económica de la minería para el conjunto del país.
Según sus cálculos sobre los multiplicadores económicos, el sector de minas y canteras genera aproximadamente 42.6 centavos de actividad adicional por cada dólar invertido, mientras que el multiplicador de empleo ronda 2.2. Con base en estas cifras, cuestiona que la reapertura minera pueda presentarse por sí sola como una solución al desempleo o como un gran detonante de la economía nacional.
El economista plantea además una contradicción territorial: comunidades cercanas a importantes recursos minerales y naturales continúan registrando bajos niveles de ingreso.
Por ello, considera indispensable diseñar un plan de desarrollo regional que incorpore educación, salud, infraestructura, capacitación e industrialización, en lugar de depender exclusivamente de un enclave minero.
En última instancia, el debate minero vuelve a colocar al país ante una decisión estratégica: convertir sus recursos naturales en ingresos de corto plazo o construir políticas capaces de garantizar que esos recursos -especialmente el agua y los ecosistemas- sigan siendo patrimonio económico y ambiental de las próximas generaciones.
Los especialistas coinciden, desde disciplinas diferentes, en que la discusión no debe reducirse a “mina sí” o “mina no”. El verdadero desafío consiste en determinar quién obtiene los beneficios, quién asume los costos y qué modelo de desarrollo quiere construir Panamá.